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miércoles, 25 de enero de 2012

Glosario básico de supervivencia

Cuando aterricé por primera vez en el mundo de la Propiedad Industrial y, más concretamente, en el mundo de las patentes, me di cuenta de algo muy frustrante: ni mi conocimiento nativo del español, ni mis cinco años de carrera ni tan siquiera mis estudios de posgrado me ayudaban a entender de qué demonios estaba hablando la gente a mi alrededor.

Y es que, si bien partimos de la base de que los abogados hablamos una jerga especial, cuando te especializas en un área un poco más técnica pasa directamente de jerga a chino mandarín.

Es por ello que me parece interesante enumerar una serie de conceptos que aprendí por primera vez en este mundillo y que resultan un poco lejanos incluso para cualquier abogado no familiarizado con la materia.

Veamos alguno de ellos.

Acción Oficial: Así es como se denominan los suspensos de solicitud de patente (expresión utilizada en España) por parte del Examinador en el extranjero. Viene a ser una traducción no literal o adaptación de lo que los angloparlantes llaman Office Action y que también se puede encontrar como Official Action. Incluso a veces, en las comunicaciones de la USPTO, se denomina Official Communication.

USPTO: Son las siglas de la Oficina de Patentes norteamericana: United States Patent and Trademark Office. Normalmente, en la práctica, estas siglas no se traducen al español.

OEPM: Son las siglas de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

EPO: Son las siglas que corresponden a la European Patent Office, que se encarga de la tramitación de las patentes solicitadas según el EPC, European Patent Convention. Tampoco se suelen traducir al español en el ámbito de la empresa.

WIPO: Son las siglas que hacen referencia a la World Intellectual Property Organization. Estas siglas sí que es muy frecuente verlas traducidas al español como OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. En patentes, es la organización encargada de tramitar las solicitudes de patente según el PCT: Patent Cooperation Treaty.

IET: Son las siglas correspondientes al Informe sobre el Estado de la Técnica que emite la OEPM en las solicitudes de patente de invención (es decir, nacionales). Consiste, básicamente, en una búsqueda de documentos existentes en cualquier tipo de bases de datos internacionales que contengan documentos de patente y documentos que se consideran “literatura no patente” (en cristiano moderno: cualquier publicación que no sea una patente). Además, se acompaña normalmente de una opinión escrita del examinador. Las versiones internacionales de este tipo de informes son: el ISR (International Search Report con su Written Opinion), para las solicitudes PCT y el EESR (Extended European Search Report), para las solicitudes de patente europea. En éstas últimas también existe el SESR (Supplementary European Search Report), pero creo que eso es mejor tratarlo cuando este tema se vea con un poquito más de detalle en el futuro.

Opinión Escrita: en inglés, sencillamente, Written Opinion. Acompaña a los informes de búsqueda y consiste en la opinión fundamentada del Examinador a la vista de los documentos encontrados. Lo que el Examinador de la solicitud de patente analiza es si esos documentos encontrados afectan o no a la actividad inventiva, novedad o aplicación industrial de la solicitud de patente y por qué.

Dejaremos para próximas entregas, sino para próximas vidas, qué es eso de la actividad inventiva, la novedad y la aplicación industrial.

1 comentario:

  1. Enhorabuena, Sara!!! Ya tienes aquí a una seguidora de estos temas :-)
    Un beso fuerte,
    Marisa

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